II
DECISION
Ante los razonamientos expuestos, vista la solicitud presentada por el solicitante ciudadano ARISTIDES DUARTE DA CRUZ, ampliamente identificado, esté Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Sucre y José Ángel Lamas de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, dejando a salvo los derechos de Terceros declara de conformidad con lo establecido en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil dichas pruebas suficientes, para asegurar al ciudadano ARISTIDES DUARTE DA CRUZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de Identidad Numero V- 5.003.392, su condición de constructor y poseedor de las bienhechurías y sus mejoras realizadas sobre un terreno de su propiedad ubicado en la Urbanización el Saman, manzana K, casa Numero 6-K, Cagua Municipio Sucre del Estado Ar.....