Este Tribunal de Primera Instancia en Función Primero de Control, Audiencia y Medidas con competencia en materia de Delitos de Violencia contra la Mujer del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le confiere la Ley, acuerda UNICO: Se legitima la Detención de conformidad con el artículo 44.1 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela del ciudadano LOPEZ JEAN PIERO, natural de La Victoria, estado Aragua, el día 12.11.1980, de 35 años de edad, soltero, profesión u oficio: heladero, residenciado en: La Victoria, sector La Otra Banda, calle Licenciado Benítez, segundo callejón, casa N° 35, Estado Aragua, teléfono: 0416-8440307, titular de la cédula de identidad N° 16.760.848, como legitima toda vez que la misma fue con ocasión a orden de aprehensión emanada del Tribunal Primero de Control con competencia en delitos de violencia contra mujer Nº 1C-1079-2012, de fecha 27.03.2012, según causa SJ2.....