Por virtud de las anteriores consideraciones, este Juzgado de Primera Instancia del Trànsito de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA HOMOLOGADA EL CONVENIMIENTO HABIDO ENTRE LAS PARTES A LOS FINES DE QUE ALCANCE EL CARÁCTER DE COSA JUZGADA.
Publíquese, regístrese.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Tribunal, en Maracay, a los Cinco (05) días del mes de Junio del año Dos Mil Seis (05-06-2006). Años 196º de la Independencia y 147º de la Federación.-
EL JUEZ,
Dr. ANIBAL HERNANDEZ
LA SECRETARIA,
Abg. ROSA VIRGINIA ANZOLA
En la misma fecha se cumplió lo ordenado y se publicó y registró la anterior decisión siendo las 01:00 p.m.
LA SECRETARIA,
Abg. ROSA VIRGINIA ANZOLA
Exp. Nº 4354
AH/rva/ce