Seguidamente este Juzgado Ejecutor de Medidas del Municipio Zamora con sede en San Francisco de Asís de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA LEGALMENTE SECUESTRADO el bien inmueble en el cual se encuentra constituido en este momento, como ya antes se dijo, se encuentra ubicado en la Calle Dr. Manzo, local Comercial Nro. 24-B, de la Ciudad de Villa de Cura, Municipio Autónomo Ezequiel Zamora del Estado Aragua, alinderado de la siguiente manera; NORTE: Casa que es o fue de la firma Comercial Luis Rosendo Hernández C.A. SUR: Local Nro. 04. ESTE ; Calle Dr. Manzo en medio y casa que es o fue de Francisco Matute y OESTE: Local Nro. 4; y se le hace formal entrega de dicho local comercial al Apoderado Judicial de la Depositaría Judicial juramentada en este acto, quien lo recibe conforme para su representada dejando constancia que dicho local se encuentra en completo estado de desaseo, p.....