VIII. DISPOSITIVA
Con fundamento en las consideraciones de hecho, derecho, doctrinaria y jurisprudencial ut supra, éste Tribunal Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR, el Recurso de Apelación interpuesto por el abogado JUAN JOSÉ RODRIGUEZ AGUIRRE, inscrito en el Inpreabogado bajo el Número 125.934, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora Sociedad Mercantil VENTUARI METAL C.A, inscrita por ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, anotado bajo el numero 07, tomo 12-A, en fecha 24 de marzo de 1998, contra la decisión dictada por el Tribunal de los Municipios Sucre y José Ángel Lamas de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en fecha 27 de marzo de 2012.
SEGUNDO: SE CONFIRMA, la decisión dictada por el Tribunal de los Municipios.....