IV
DISPOSITIVO
Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL, MERCANTIL, Y TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL Circunscripción Judicial del Estado Aragua. Y así se declara y decide. Por virtud de lo antes expuesto, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando justicia emanada de los ciudadanos y ciudadanas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, SE DECLARA INCOMPETENTE PARA CONOCER DE LA DEMANDA, YA QUE LA MISMA ES JURISDICCIÓN VOLUNTARIA NO CONTENCIOSA para sustanciar, conocer y resolver la demanda incoada por la ciudadana: YOLIMAR QUATTROCCIOCHI RODRIGUEZ, en contra del ciudadano: ALVARO LAGUADO CARDENAS, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de identidad N.....