este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: INADMISIBLE el recurso de NULIDAD DE ACTO ADMINISTRATIVO interpuesto en fecha 21 de mayo de 2015 por las abogadas María Liste García y María Molina, inscritas en el Inp0reabogado bajo lso Nros. 135.598 y 99.688, actuando en su carácter de apoderadas judiciales de la entidad de trabajo QUIROZ INGENIERIA C.A, titular de la Cedula de Identidad Nro. 13.357.494, contra el Acto Administrativo de efectos particulares contenido en la Providencia Administrativa Nº 00335-14, de fecha 24-04-2014, emanada de la Inspectoría del Trabajo de los Municipios Atanasio Girardot, Mario Briceño Iragorry, Santiago Mariño, Francisco Linares Alcántara, Costa de Oro y Libertador del Estado Aragua, de el expediente administrativo signado con el N°. 043-2013-01-04433, en el cual declaró con Lugar la solicitud de reen.....