D E C I S I Ó N
En mérito de lo precedentemente expuesto, este TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO BOLIVAR DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR la solicitud de RECTIFICACION DEL ACTA DE NACIMIENTO, presentada por del ciudadano BRAYAM ALEJANDRO CARRILLO GALVIS, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad Nº V-22.344.869, debidamente asistido por la abogada en ejercicio Sergia Guzmán, inscrita en el inpreabogado bajo el Nº 258.838, signada con el Nº 975, Folios 181, de fecha 11 de Diciembre de 1.998, inserta en los libros de nacimientos llevados por ante el Registro Civil del Municipio Bolívar del estado Aragua, incurrió en el siguiente error material: Al momento de asentar la declaratoria del reconocimiento efectuada por su padre en el acta de nacimiento arriba referida, se omitió la nacionalida.....