"...PRIMERO: De conformidad con los artículos 26 y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, y los artículos 174, 175 y 179 del Código Orgánico Procesal Penal SE ANULA de oficio la Audiencia Preliminar de fecha 30 de junio de 2015, así como todos los pronunciamientos derivados de dicha audiencia, y se anula la Sentencia Condenatoria por admisión de los hechos, publicada en fecha 07 de julio de 2015, mediante la cual la cual el Tribunal Décimo de Control del Circuito Judicial Penal del estado Aragua, conforme al procedimiento por admisión de los hechos, Condenó a las ciudadanas MILAGROS YURIMAR HEREDIA NUÑEZ y LILIANA JOSEFINA FRANCO RIVAS, a cumplir la pena de CUATRO (04) AÑOS DE PRISIÓN, por los delitos de SIMULACIÓN DE SECUESTRO, previsto y sancionado en los artículos 4 y 10 numerales 1 y 5 de la Ley Contra el Secuestro y la Extorsión y AGAVILLAMIENTO, previsto y sancionado en el artículo 286 del Código Penal, así como de todos los pronunciamientos derivados d.....