DISPOSITIVA
Oídas las exposiciones de las partes, revisadas las actuaciones que integran la causa N° 8C-27.675-21, este Tribunal octavo de Primera Instancia en lo Penal en funciones de de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley publica el cuerpo integro de la decisión en los siguientes términos: PRIMERO: Esta Juzgadora se declara competente para conocer y decidir del presente asunto penal, de conformidad con el artículo 66 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Se admite TOTALMENTE la Acusación Penal ejercida en fecha 09/06/2023 por la Fiscalía Tercera (3º) del Ministerio Publico, en su oportunidad legal en contra del ciudadano JOSE EUGENIO VALERA CAVANERIO, titular de la cedula de identidad N° V-14.520.131, por el delito de HURTO CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 453 ordinal 1º del Código Penal. TERCERO: Se admiten los medios de pruebas ofrecidos por.....