En base a lo establecido en la norma antes transcrita y revisadas las actuaciones en el presente caso, se observa que están cumplidas las condiciones para proceder a la homologación del presente convenimiento, es por lo que ESTE JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, BANCARIO, TRÁNSITO Y PARA LA PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, CON SEDE EN LA VICTORIA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, y de conformidad con lo establecido articulo antes mencionado, IMPARTE LA HOMOLOGACION DEL COVENIMIENTO, dándole carácter de cosa juzgada, en el presente juicio de CUMPLIMIENTO DE CONTRATO incoado por los ciudadanos DANYER MAYRIN CONTRERAS PAYARES y OMAR ANTONIO AGUILERA VALENZUELA, en contra de la ciudadana YANETH CAROL BARRETO DE AGUILAR,arriba identificadas ambas partes.
LA JUEZ
EGLEE M, ROJAS C.
LA SECRETARIA
SILVIA RODRÍGUEZ
Ex.....