DISPOSITIVA
En mérito de los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Sucre y José Ángel Lamas de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: PROCEDENTE EL DESISTIMIENTO DE LA ACCIÓN, propuesto por la parte actora ciudadana, MAXIMA ALICIA GONZALEZ RUIZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-5.273.196, de este domicilio, con número telefónico: 0424-321.24.20, asistida en este acto por la abogada en ejercicio, BETHSI MARIBEL RAMIREZ MAGGIORANI, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 41.096, en contra del ciudadano, HENRY RAFAEL HERRERA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-3.590.149, de este domicilio. Conforme a lo previsto en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, y en consecuencia, se le imparte su homologació.....