En atención a todas y cada una de las argumentaciones que anteceden; esta Sala 2 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, hace el siguiente pronunciamiento: PRIMERO: Se declara COMPETENTE, para conocer de la presente Acción de Amparo Constitucional, interpuesta por los abogados JORGE PAZ NAVA, JOSE HELI GARCIA GONZALEZ y CARLOS ALFREDO REYES NAVARRO en su carácter de Defensores Privados de la ciudadana ZULY COROMOTO ZARMIENTO BRAVO, en contra del Juzgado Cuarto (4º) de Primera Instancia en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Aragua, Causa: N° 4J-2984-2022- (Nomenclatura de ese Tribunal). SEGUNDO: Se declara INADMISIBLE, la Acción de Amparo Constitucional interpuesta por los abogados JORGE PAZ NAVA, JOSE HELI GARCIA GONZALEZ y CARLOS ALFREDO REYES NAVARRO en su carácter de Defensores Privados de la ciudadana ZULY COROMOT.....