Por los razonamientos antes expuestos este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio presentada por los ciudadanos: LUIS ALEXANDER LOPEZ CORDOVA y CANDIDA MILAGROS PEREZ VELOZ, ya identificados, en consecuencia queda disuelto el vínculo matrimonial que contrajeron por ante el Jefe Civil de la Parroquia Joaquín Crespo Municipio Autónomo Girardot del Estado Aragua, en fecha 22 de diciembre del año 1.992, según Acta de Matrimonio No. 1.222.....