En virtud de las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Primero para el Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua con sede en la ciudad de Maracay, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta por la parte demandante, contra la sentencia definitiva dictada en fecha 07 de junio de 2004, por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con sede en la ciudad de Maracay. SEGUNDO: SIN LUGAR LA DEMANDA, interpuesta por el ciudadano JESÚS ANTONIO LOVERA FIGUEROA, Venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 3.843.418, contra la sociedad mercantil INDUSTRIAS IBERIA, C.A., inscrita ante el Registro Mercantil II de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 30-01-1957.