DECISIÓN
Por todas las razones y motivos aquí expuestos, este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: PRIMERO: SE HOMOLOGA EL ACUERDO TRANSACCIONAL presentado por ante esta sede judicial el 22 de Septiembre de 2011, por las apoderadas judiciales del Ciudadano PEDRO JOSE SERJAL GUZMAN, venezolano, mayor de edad, titular de las Cédula de Identidad Nº V-3.848.593, Abg. SOL FELICIA GONZALEZ DE LUGO, JANETH MARHANY SEVILLA ESTRADA y HUGO RAFAEL RIVERA, todos inscritos en el Inpreabogados bajo los Nros.79.258, 74.241 y 79.270 respectivamente y el Apoderado Judicial de la accionada INSTITUTO UNIVERSITARIO DE TECNOLOGIA ANTONIO RICAURTE (IUTAR), cuyo funcionamiento fue autorizado por Decreto Presidencial N° 3.402, en fecha 14/10/1993, Gaceta Oficial N°35.362, Abg. ANGEL TREJO MORLOY, .....