Por las razones antes expuestas, este Tribunal Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: INADMISIBLE el Recurso de Hecho interpuesto los abogados Danny Vivas, actuando en su carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil INDUSTRIAS VARGAS, S.A. (INDUVAR, S.A).