En consecuencia, por todos los fundamentos de hecho y de derecho, antes expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia En Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le es forzoso declarar INADMISIBLE, la presente acción de Amparo Constitucional intentado por los ciudadanos JOSE GREGORIO ZEGHEN HADDAD, STHEPANIE ANTHONIETA CORDANI PARTIDAS, MILEIDY ANYELIN PEREZ TORREALBA, TOMAS FRANCISCO PAJOVIC BIZJAK, contra los ciudadanos ALVARO RABELL ORTEGA y JUAN DOMINGUEZ BANDE, todos plenamente identificados en el encabezado.-
No ha lugar condenatorio en costas en virtud de la naturaleza del fallo. Por cuanto la presente decisión fue dictada dentro del lapso de ley, no hay lugar a notificar a las partes por encontrarse a derecho.