DECISIÓN
En mérito de las precedentes consideraciones, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR el reconocimiento de contenido y firma solicitado el ciudadano XIAO WEIJING, identificado con la cedula de identidad N° E-82.289.035, contra el ciudadano DAVID MELESIO ARANGUREN AGUIRRE, identificado con la cedula de identidad N° V-7.218.614, respectivamente, se inició con demanda admitida por auto de fecha 29 de Septiembre de 2022, Y ASÍ SE DECIDE.
SEGUNDO: RECONOCIDO el documento inserto al folio seis (6) del presente expediente, relacionado con un CONTRATO DE COMPRA VENTA, la cual es del tenor siguiente, "Yo, ARANGUREN AGUIRRE DAVID MELESIO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-7.218.614, civilmente h.....