IV. DISPOSITIVA.
Con fundamento en las consideraciones de hecho, de derecho y jurisprudencial ut supra, este Tribunal Superior en lo Civil, Mercantil , Bancario, Tránsito y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: SIN LUGAR LA APELACIÓN interpuesta por la ciudadana RAYDA RIERA LIZARDO, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 48.867, apoderada judicial de la Sociedad Mercantil ASEGURADORA LA PREVISORA, en los términos expuestos en la parte motiva del presente fallo.-SEGUNDO: Se confirma el Auto dictado en fecha 15 de Julio de 2004, por el Juzgado de Primera Instancia del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua.-
TERCERO: No hay condenatoria en costas en razón de la naturaleza de la decisión.
CUARTO: Notifíquese a las partes. Publíquese, regístrese, y déjese copia certificada.
Dada, firmada y sell.....