D I S P O S I T I V A
Por todo lo anteriormente expuesto, esta Sala Cuatro de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, en estricto cumplimiento al Mandato Constitucional contenido en el artículo 26, a tenor de lo dispuesto en los artículos 437, 448 y 450, todos del Código Orgánico Procesal Penal vigente, ADMITE el Recurso de APELACIÓN DE AUTO interpuesto por la DRA. MARIA RODRIGUEZ DE MONROY, en su carácter de Defensora Pública Penal Sexagésima Séptima (67°), en Fase de Ejecución, del ciudadano PEREIRA MENESES ISAIAS RAMON, de conformidad con el artículo 447 ordinal 5° del Código Orgánico Procesal Penal, en contra de la decisión dictada por el Juzgado Sexto (6°) de Primera Instancia en Función de Ejecución de este Circuito Judicial Penal, de fecha 19 de Septiembre de 2012, a cargo de la Abg. Fabiola Vezga Medina, mediante la cual Negó a.....