DISPOSITIVA
En mérito de los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Sucre y José Ángel Lamas de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PROCEDENTE EL CONVENIMIENTO DE LA ACCIÓN propuesto por el ciudadano, EDGAR LUDOVINO CABALLERO GALVIS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-23.695.306, asistido por el abogado en ejercicio, JOHN MICHAEL RODRIGUEZ RODRIGUEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 289.010, parte demandada en el juicio de Reconocimiento de Contenido y Firma incoado en su contra por la ciudadana, DAYNA MAEBIL MORENO MARTINEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-23.802.332, de este domicilio, asistida por la abogada en ejercicio, ERIKA SUGEY YZZO ESPOSITO, inscrita en el Inpreabogad.....