D E C I S I Ó N
En merito de las precedentes consideraciones, este Tribunal Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, (actuando Sede Constitucional), declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la representación judicial de la sociedad mercantil PASTAS SINDONI, C.A., en contra de la sentencia proferida el 11 de agosto de 2025, emanada del Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, son sede en Maracay. SEGUNDO: Se REVOCA la decisión recurrida. TERCERO: INADMISIBLE sobrevenidamente, la acción de amparo constitucional ejercida por los ciudadanos FH y JF, todo ello de conformidad con el artículo 6, numeral 1 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales.