D E C I S I O N
En virtud de las anteriores consideraciones, este Juzgado del Municipio Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en
nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: homologado el convenimiento celebrado entre las ciudadanas JULIA SANCHEZ y GLENDA MARVELIZ ALBORNOZ, partes demandante y demandada, respectivamente, anteriormente identificadas, en virtud de que tal actuación no es contraria a derecho y versa sobre derechos disponibles, de conformidad con los artículos 257 y 263 del Código de Procedimiento Civil, en avenencia con los artículos 26 y 257 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela.-----------------------
Publíquese y regístrese.-------------------------------------------------------
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Tribunal, en San Mateo, a los Cinco (05) días del mes de Diciembre de 2008. Años: 198º de la Independencia y 149º de la Federación.-
LA JUEZ.....