En base a los razonamientos antes hechos, este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal del Circuito Judicial del Estado Aragua, en funciones de Tribunal Sexto de Control, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decreta el SOBRESEIMIENTO de la presente Causa, a favor del ciudadano ANTIDIO MORALES, quien es Colombiano, titular de la Cédula de Identidad Nro. E-80.192.102, y domiciliado en el Sector El Incienso, la entrada a Cipriano Castro, Parroquia Carayaca, Estado Vargas, en virtud de haberse EXTINGUIDO LA ACCION PENAL derivada de los delitos de DEGRADACIÓN DE SUELOS, TOPOGRAFÍA Y PAISAJE Y ACTIVIDADES EN ÁREAS ESPECIALES O ECOSISTEMAS NATURALES, previstos y sancionados en los Artículos 43 y 58 de la Ley Penal del Ambiente, de conformidad con lo estatuido en los artículos 48 ordinal 8vo y 318 ordinal 3ro ambos del Código Orgánico Procesal Penal.-
Diarícese. Notifíquese al Fiscal. Regístrese la decisión y archívese.
LA JUEZ,
ABG. EMPERATRIZ.....