DECLARA:
Primero: CON LUGAR el recurso de apelación ejercido por la parte demandante, contra la decisión dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar con sede en la Ciudad de Puerto Ordaz, el 16 de Julio de 2.007.
Segundo: REVOCA la antes mencionada decisión.
Tercero: ORDENA al Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar con sede en la Ciudad de Puerto, que se pronuncie sobre la admisibilidad de la demanda y su reforma, en la oportunidad procesal correspondiente.