Por la motivación precedente, este expuestos este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la recusación propuesta por la ciudadana NEMENCIA LIRA RODRÍGUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-8.832.347, asistida por la abogada en ejercicio LUCIANO SALMASO, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 12.891, actuando en su condición de parte demandada del juicio que fue incoado en su contra por la ciudadana MARÍA ESTHER ARIAS PRAZUELA, que fue propuesta contra la Juez del Juzgado Tercero de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Dra. MARY FERNANDEZ PAREDES.