III
DECISIÓN
Con fundamento en los razonamientos antes expuestos este JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, Administrando Justicia emanada de los ciudadanos y ciudadanas en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, actuando en Sede Constitucional, Declara:
PRIMERO: CON LUGAR la Acción de Amparo Constitucional intentada por la ciudadana BELKY JOSEFINA PINEDA DE ELIGON, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad número 4.853.540, contra la ciudadana ALICIA YUDITH SALVATIERRA AGÜERO, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad No.8.828.287.
SEGUNDO: Se ordena a la agraviante ciudadana ALICIA YUDITH SALVATIERRA AGÜERO, desocupar y restituir el inmueble constituido por una vivienda ubicada en la Calle Víctor Acosta Martínez No.5-05 de la ciudad de Cagua, Estado Aragua, en la cual funciona la "UNIDAD EDUCATIVA BILINGÜE EMANUEL a la .....