DECISIÓN
En virtud de lo antes expuesto, por las razones de hecho y de derecho precedentes, este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley se declara: INCOMPETENTE por el territorio para conocer el RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE NULIDAD interpuesto por el ciudadano Ramón Evencio Roldán, titular de la cédula de identidad Nº V-1.293.758, asistido por la abogado Lioma Peraza, INPREABOGADO Nº 94.988, en contra de la PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA Nº 00581-14, emanada de la Inspectoría del Trabajo de los Municipios Sucre, Urdaneta, San Sebastián, Zamora, José Ángel Lamas, San Casimiro y Camatagua con Sede en Cagua, estado Aragua, en consecuencia, se ordena remitir las presentes actuaciones al Juzgado de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial Laboral del Estado Aragua con sede en La Victoria.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de est.....