Este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en función de Juicio Nº 04 del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, PRIMERO: CONDENA al acusado: YUSBELY NAKARY PALACIO OSORIO, titular de la cédula de identidad Nº V-22.667.150 mayor de edad, soltero, residenciado: SECTOR 27 DE FEBRERO, JABILLAL, CASA Nº S/N VIA LAS TEJERIAS, ESTADO ARAGUA por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO DE VEHICULO AUTOMOTOR EN GRADO DE COMPLICIDAD NO NECESARIA previsto y sancionado en los artículos 5 y 6 Numerales 1,2,3 y 10 de la Ley Sobre el Robo y Hurto de Vehiculo Automotor en concordancia con el Articulo 84 Ordinal 3º del Código Penal y LESIONES LEVES Previsto y sancionado en el Articulo 416 del Código Penal, a cumplir la pena de CUATRO(04) AÑOS Y CINCO(05) MESES DE PRISION y se CONDENA igualmente a las penas accesorias contenidas en el artículo 16 del Código Penal vigente. SEGUNDO: Se acuerd.....