DISPOSITIVA
En virtud de lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Primera Instancia en Función de Ejecución para la Responsabilidad Sección Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley REVISA CESA LA MEDIDA DE LIBERTAD ASISTIDA impuesta al ciudadano IDENTIDAD OMITIDA, por el lapso de UN (01) AÑO, por haberse cumplido íntegramente con la sanción de la misma de conformidad a lo previsto en el artículo 647 literal "h" de la ley Orgánica Para la protección del Niño, Niña y del Adolescente. Impóngase del presente auto al sancionado. Notifíquese al Fiscal Décimo Especializado del Ministerio Público y al Defensor Público Especializado. Ofíciese y envíese Copia Certificada al Departamento de Servicio Social de esta Sección Penal de Adolescentes. Cúmplase.
LA JUEZ DE EJECUCIÓN, (T)
ABG. EDITH MAITA BERMUDEZ
LA SECRETARIA
ABG. MARIA GABRIELA BRITO.