-III-
-DECISIÓN-
Por todas las consideraciones antes expuestas, este Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Aragua con sede en Maracay y con Competencia en el estado Carabobo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: Se NIEGA EL RECURSO DE APELACIÓN, ejercido por la abogada Escarili Julianne Bracho Ramírez, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-19.363.163, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 188.885, en su carácter de apoderada judicial de las Sociedades Mercantiles Consorcio Palo Alto C.A., inscrita por ante el Registro Mercantil Primero del estado Aragua, en fecha 28 de marzo del 2012, bajo el N° 30, tomo 37-A y Agropecuaria San Onofre 2001 C.A., inscrita por ante el Registro Mercantil Primero del estado Aragua, en fecha 23 de noviembre del 2000, bajo el N° 46, tomo 57-A., en contra de la decisión dictada por este J.....