DECISION
Por todo lo anteriormente expuesto, esta Sala Seis de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, acuerda dictar los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Se ADMITE el recurso de apelación interpuesto por el profesional del derecho ARGENIS INFANTE BONALDE, Defensor Público Penal Quincuagésimo Cuarto (54°) Penal, adscrito a la Unidad de la Defensa Pública Penal del Área Metropolitana de Caracas, en su condición de defensor del ciudadano JEAMPIERRE SUAREZ APONTE, en contra de la decisión dictada en fecha 2 de marzo de 2009, por el Juzgado Cuadragésimo de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, mediante la cual acordó Medida Judicial Preventiva de Privación Libertad, de conformidad con lo establecido en el artículo 447 numeral 4° del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUND.....