En fuerza de todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado Décimo Noveno de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de Ley, declara CON LUGAR la demanda que por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES, incoó la ciudadana ADELA DEL CARMEN VILLASMIL, venezolana, titular de la cédula de identidad N° V-10.910.896, de este domicilio, contra la cooperativa "COOPERATIVA TELARES DE ORO R.L.