Ahora bien, este Tribunal a los fines de decidir, con conocimiento de causa, al fondo de la materia, toma en cuenta el contenido del libelo de demanda, los instrumentos y fundamentos de esta acción, la contestación al fondo de la demanda y las pruebas aportadas por las partes que conforman este juicio, y al efecto considera esta Sentenciadora, que previo el estudio efectuado, a las actas procesales observa: que la parte demandante tiene cualidad para ser sujeto de derechos activo en este juicio de Extinción de Hipoteca; posee derecho activo en este juicio en virtud de la compra del inmueble antes identificado, quien lo adquirió mediante documentos que rielan los folios que van desde el 38 y 39 ambos inclusive, del cual se observa que está debidamente protocolizado por ante la Oficina Subalterna de Registro de Distrito Sucre del estado Aragua (hoy Oficina de Registro de los Municipios Sucre y Lamas del estado Aragua), el día 19 de Agosto de 1980, bajo el numero 32, Folios 238 al.....