En razón de lo anteriormente expuesto, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando Justicia en el nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara el DECAIMIENTO DE LA ACCION en la demanda de INTERDICTO DE AMPARO incoada por los ciudadanos ANGEL EDUARDO SILVA GARCIA y ODALIS DE JESUS BOLIVAR contra los ciudadanos HAIDY YADIRA BOLIVAR, IVETTE CAROLINA BOLIVAR, MIRNA DEL VALLE RIOS BOLIVAR, KEIVIS DEIJAS, DAYEMIS SEIJAS, YOSIRIS MATOS BOLIVAR, ALEXIS ALBERTO MIJARES SALAZAR y GLADIS RAMIREZ BOLIVAR ut supra identificados.-