Por las motivaciones que anteceden, este Tribunal Tercero de Primera Instancia de Juicio de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el Recurso de Nulidad de Acto Administrativo interpuesto por los abogados Carlos Nieves y Alejandro Astudillo, en su condición de apoderados del ciudadano IVÁN ANTONIO ÁVILA, titular de la cédula de identidad Nº V-8.249.754, en contra de la Providencia Administrativa Nº 00690-13, dictada en el expediente Nº 043-12-01-03724, de fecha 07 de octubre de 2013, dictada por la Inspectoría del Trabajo de los Municipios Girardot, Mario Briceño Iragorry, Francisco Linares Alcántara, Costa de Oro, Mariño y Libertador del Estado Aragua, con sede en Maracay, en la cual se declaró con lugar la Calificación de Falta incoada por la entidad de trabajo SAPPORO MOTORS, C.A., inscrita en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Jud.....