PRIMERO: El Tribunal desestima la aprehensión en flagrancia, solicitada por el fiscal del Ministerio Publico. SEGUNDO: Se decreta el PROCEDIMIENTO ORDINARIO en la presente causa a los fines que el ministerio Público continúe con la investigación. de conformidad con lo establecido en el artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal por aplicación supletoria del artículo 537 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. TERCERO: El Tribunal desestima el delito de USO DE FACSIMIL DE ARMA DE FUEGO, previsto en el artículo 114 de la Ley para el Desarme y Control de Armas y Municiones, toda vez que lo que fue consignado por el fiscal del ministerio publico fueron copias simples sin haber tenido este Juzgado a la vista los originales de las actuaciones y no tiene el fiscal conocimiento de la ubicación de las originales y DECRETA LA LIBERTAD SIN RESTRICCIONES para el adolescente xxxxxxxxxxxxxvenezolano, titular de la cédula de identidad N° V-xxxxxxxxxxxxxxxxx de c.....