Por las razones antes expuestas, esta Sala 1 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, resuelve: ÚNICO: DECLARA INADMISIBLE POR EXTEMPORÁNEO el Recurso de Apelación incoado por el ABG. GLENN RODRIGUEZ, en su carácter de Defensor Publico del imputado CIPRIANO ORTEGA CENTENO, Titular de la cedula de identidad Nro. V-24.669.136, en contra de la decisión dictada por el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE QUINTO (5º) DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ARAGUA, en la causa Nro. 5J-3014-2018 (Nomenclatura de ese Tribunal de Instancia), mediante la cual el Órgano Jurisdiccional prenombrado ACORDO: Revocar la Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, contenida en el artículo 242, numeral 1º del Código Orgánico Procesal Penal que le fuera otorgado en su oportunidad y se acordó Medida Privativa de Libertad de conformidad con lo establecido en lo.....