Al hilo de las consideraciones antes expuestas, este Juzgado Segundo de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara " HOMOLOGADA LA PARTICION CONYUGAL ( AMISTOSA ) ", presentada por los ciudadanos LEOBALDO ANTONIO ARVELO y ELSA DE LA TRINIDAD TORREALBA CABRERA, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-7.218464 y V-7.259.432 respectivamente, asistidos por el Abogado VICTOR ABDALA GUZMAN
AYUB, Inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N°
125.911, todo en conformidad con el Artículo 788 del código de Procedimiento Civil.
En consecuencia procédase como en Sentencia pasada en Autoridad de cosa Juzgada
PUBLIQUESE. REGISTRESE. DEJESE COPIA. CERTIFIQUESE.
Dada, firmada y .....