Por los fundamentos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Juzgado Tercero de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry del Estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR la demanda que sigue IVAN JOSE CROCE URDANETA contra BALTASAR JESÚS DÍAZ GÓNZALEZ, resuelto el contrato de arrendamiento, y condena a la parte demandada a:
PRIMERO: Entregar el siguiente inmueble: ubicado en la calle malecón cruce con calle sanjón S/n de la población de Puerto Colombia, Choroní Jurisdicción del Municipio Girardot del Estado Aragua, cuyos linderos son los siguientes. NORTE: En una longitud de veintidós metros (22 mts), con calle transversal en medio y depósito el Gobierno Nacional, hoy calle del malecón de por medio y la plaza del malecón; SUR: En una longitud de veintitrés metros con treinta centímetros (23 mts con 30 cm), con casa que es o fue de Jesús María Blanco o de Carmen Saturno C.,.....