Por las consideraciones anteriormente expuestas, éste Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Monagas con Competencia en el estado Delta Amacuro Impartiendo Justicia, actuando en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: DECAIMIENTO DEL OBJETO en el la demanda de Contenido Patrimonial, interpuesta por la PROCURADURÍA GENERAL DEL ESTADO MONAGAS, debidamente representada por la apoderada sustituta, abogada en ejercicio, MARJORIE DEL VALLE IDROGO CABELLO, inscrita en el instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 83.714, en contra de la ciudadana MARIA DEL VALLE ALIENDRES MOYA, supra identificada.
SEGUNDO: En consecuencia a lo anterior, se levanta la Medida Cautelar de Embargo acordada por este Tribunal mediante sentencia dictada en fecha 21 de octubre de 2013, y que corre inserta en el cuaderno de medidas identificado con el numero de asunto NE01-X-2013-000039.
Publíquese, regístrese, notifiqu.....