DISPOSITIVA
En merito de todas las consideraciones ya expresadas y en estricta atención a la tutela judicial efectiva y sin dilaciones injustificadas que deben garantizar los jueces de la República de conformidad con lo dispuesto en el artículo 334 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en función de Octavo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley emite los siguientes pronunciamientos: UNICO: DECRETA el Archivo Judicial de las actuaciones contentivas de la causa N° 8C-23.938-18, seguida en contra del ciudadano 1.- EDWAR JOSE MANIA DIAZ, Venezolano, titular del documento de identidad N° 15.733.962, natural de MARACAY, estado ARAGUA, fecha de nacimiento de 19-07-1982, de 36 años de edad, residenciado en: BARRIO 23 DE ENERO, CALLE 24 DE JUNIO, CASA N 28, MARACAY TELEFENO (0412-293-44-49), y el consecuent.....