Por las razones antes expuestas este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: EXTINGUIDA LA ACCIÓN POR LA PÉRDIDA DEL INTERÉS en el Cobro de Bolívares interpuesto por el ciudadano RAFAEL MOLINA CHACÓN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 9.186.316 y de este domicilio, debidamente asistido por el Abogado LUIS FERNANDO BARRETO HERNÁNDEZ, Inpreabogado N° 99.734, contra el ciudadano JOSÉ DE LA CRUZ MOLINA CHACÓN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 1.579.656 y de este domicilio.
No hay condenatoria en costas en razón de la naturaleza de la decisión.
Se ordena la desincorporación del presente expediente y su respectiva remisión al Archivo Judicial.