Mediante decisión se declaró CON LUGAR la solicitud de sustitución de la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad incoada por la Defensa Privada del acusado ciudadano RANDY JOHAN CASTILLO PONCE y se le RESTABLECE la Medida cautelar que le fue impuesta por el Tribunal de Control en fecha 27 de Octubre de 2006, como consecuencia deberán ser impuestos de las obligaciones contenidas en el artículo 246 ejusdem. SEGUNDO: Se deja sin efecto los oficios librados en ocasión a la Orden de Aprehensión. Hágase lo conducente.-