este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, en Funciones de Primero de Juicio, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de La Ley emite el Siguiente Pronunciamiento. PRIMERO: Vista la admisión de los hechos realizada sin coacción ni apremio, a la cual se adhirió su defensa, este Tribunal CONDENA al acusado: GADIEL DE JESUS OSUNA OSUNA, Venezolano, titular de la cedula de identidad N° V-26.791.208, nacido en fecha 06-01-1997, de 21 años de edad, de profesión u oficio: obrero, residenciado en: Invasión vía Paya, Turmero, estado Aragua punto de referencia al frente de la licorería, a cumplir la pena de CUATRO (04) AÑOS Y CUATRO (04) MESES DE PRISION, por encontrarlo culpable en la comisión del delito de: ROBO AGRAVADO EN GRADO DE COMPLICIDAD, previsto y sancionado en el artículo 458 en relación con el articulo 84 ambos del Código Penal; igualmente se le condena cumplir las penas accesoria.....