Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Segundo de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la República  Bolivariana de Venezuela y 
por Autoridad de la Ley, declara ¿ CON LUGAR ¿ la demanda intentada por la ciudadana  LEONARDA  ISABEL  LUGO MEJIAS, a 
través de su Apoderado Abogado JESUS MIGUEL RIVAS, inscrito  en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el  N° 73.717,  contra el ciudadano MERVI JOSE COLON ROMERO,   identificado     en  autos, por  DESALOJO, inmueble constituido por  una  casa,   ubicada   en  la  Calle  1,  N°  15,  Barrio     Santa 
Eduvigis del Sector Santa Rita, Municipio Linares Alcántara, del Estado Aragua.  
                 En consecuencia quedan extinguidas las obligaciones que se derivaron del Contrato  de Arrendamiento, y se condena 
a la parte accionada a hacer entrega del inmueble antes identificado a la part.....