Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Segundo de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y
por Autoridad de la Ley, declara ¿ CON LUGAR ¿ la demanda intentada por la ciudadana LEONARDA ISABEL LUGO MEJIAS, a
través de su Apoderado Abogado JESUS MIGUEL RIVAS, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 73.717, contra el ciudadano MERVI JOSE COLON ROMERO, identificado en autos, por DESALOJO, inmueble constituido por una casa, ubicada en la Calle 1, N° 15, Barrio Santa
Eduvigis del Sector Santa Rita, Municipio Linares Alcántara, del Estado Aragua.
En consecuencia quedan extinguidas las obligaciones que se derivaron del Contrato de Arrendamiento, y se condena
a la parte accionada a hacer entrega del inmueble antes identificado a la part.....