Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR la Inhibición planteada por estar hecha en forma y fundada en motivos valederos; y por vía de consecuencia se aparta a la Dra. ANGELINA MARGARITA GARCÍA HERNÁNDEZ en su carácter de Juez del Juzgado Duodécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, del conocimiento del juicio que por INTERDICTO RESTITUTORIO sigue DALILA ANTONETTI BOYE contra las ciudadanas MIGUELANGELA PARATO CALABRESA y ANNA MARÍA PARATO.
Publíquese, regístrese, déjese copia certificada de la presente decisión, remítase copia certificada de la presente decisión a la juez inhibida, y en su oportunidad legal remítase el expediente a su tribunal de origen Juzgado Duodécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripci.....