Por todos los razonamientos antes expuestos éste Juzgado Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua con sede en la ciudad de Maracay, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por la sociedad mercantil codemandada TECNOCASA, C.A., en contra de la decisión de fecha 07 de mayo de 2015, dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, con sede en La Victoria, y en consecuencia SE CONFIRMA, la anterior decisión, en los términos expuestos. SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda interpuesta por el ciudadano JESÚS ARGENIS BAUIZ FLORES, contra la entidad de trabajo CENTRO COMERCIAL AYACUCHO, y solidariamente contra la sociedad mercantil TECNOCASA, C.A., y en consecuencia SE CONDENA a las demandadas antes indicadas, a cancelar al demandante la suma de siet.....