Por las razones antes expuestas, esta Sala Sexta de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley emite los siguientes pronunciamientos:
1) Declara CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la ciudadana ANA MARÍA VALLERA, Defensora Pública Auxiliar Vigésima Tercera (23ª) Penal del Área Metropolitana de Caracas, en su condición de defensora del ciudadano YIRSON ARMANDO DÍAZ OLIVEROS.
2) REVOCA la prórroga de la medida privativa judicial preventiva de libertad, que por el lapso de diez (10) años fue acordada, en data 19 de marzo de 2015, por el Tribunal 38º de Control.
3) ACUERDA la prórroga de la detención preventiva del imputado YIRSON ARMANDO DIAZ OLIVEROS, por el lapso de DOS (2) AÑOS y en los términos solicitados por el Ministerio Público, todo conforme a lo establecido en el segundo aparte del artículo 230 del Código Orgánico.....